Cargando...
Deudas 01-10-2022

Excepciones en el procedimiento ejecutivo

By Admin

El deudor en un procedimiento Ejecutivo puede iniciar una serie de acciones en su defensa las que se denominan excepciones dilatorias y excepciones perentorias.
Las primeras por regla general tienen por objeto como su palabra lo dice dilatar el procedimiento, con lo cual el deudor tiene tiempo para negociar con su acreedor o bien tomar las medidas de resguardo pertinente o bien defenderse ante una injusticia en un cobro de su supuesto acreedor.

Estas se encuentran taxativamente enumeradas y Las más usadas son:

  1. Falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones.
  2. Conductas de acoso sexual.
  3. Vías de hecho ejercidas por el trabajador en contra del empleador o de cualquier trabajador que se desempeñe en la misma empresa.
  4. Injurias proferidas por el trabajador al empleador.
  5. Conducta inmoral del trabajador que afecte a la empresa donde se desempeña.
  6. Conductas de acoso laboral.
  7. Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos.
  8. Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.

Si necesitas ayuda para tu juicio, escríbenos al contactanos@segal.cl

Compartir Artículo